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TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE EL ALQUILER DE VIVIENDA EN CANADA
Se nos fue el invierno y la primavera empieza a mostrarnos su primeros rayos de sol. Ello nos anuncia no solo que el verano esta cerca, sino también el mes de las mudanzas. En este artículo encontrarás todo lo que debes saber sobre alquiler de vivienda.
EL CONTRATO
Conocido como bail en francés y lease en inglés, este documento representa ante la ley el acuerdo entre el propietario y el arrendatario. Así, el propietario acepta prestar su propiedad al arrendatario para que este viva apasiblemente contra el pago de un alquiler y contra las condiciones indicadas en el contrato.
El contrato puede tener una duración determinada o indeterminada (como en el caso de los alquileres «al mes»). El contrato sólo deja de tener efecto cuando se vence el plazo determinado o cuando una de las partes (propietario o arrendatario) da fin a un contrato indeterminado.
Si eres tu el arrendatario, has de saber que deberás firmar un contrato por el alquiler de un departamento, una vivienda residencial, un cuarto (a menos que sea de hotel, centro de salud o que no tenga servicios, ni salida independiente), una casa rodante o un terreno destinado para una casa rodante.
BUSCANDO DEPARTAMENTO
Ya sea que estas llegando a Canadá o que vives hace un tiempo aquí y estas buscando un departamento (o cualquier otra residencia a alquilar), deberas tener en cuenta lo siguiente :
Visita los departamentos de preferencia en el día, así no dejarás pasar detalles que no podrías ver si lo hicieras de noche.
Has todas las preguntas sobre el departamento y si tiene algún problema por resolver o inclusive que reparaciones recientes tiene (no sea que estén mal hechas y debas pedirle al propietario que lo solucione después). El propietario está en la obligación de informarte sobre todo eso.
Contacta con las personas que aún viven en el departamento y hazles preguntas como : cuánto pagan de alquiler, cuánto consumen de electricidad, qué problemas tiene el departamento o qué necesita reparaciones.
Consulta con el proveedor de electricidad cual es el consumo promedio de dicho departamento. El servicio es gratuito.
La única información que el propietario puede solicitarte para hacer tu archivo con el contrato de arriendo son tu nombre y dirección. Los demás datos como tu número de Seguro Social (NAS o SIN), número de cuenta de ahorros, cheque, número de pasaporte, etc. no están consentidos en la ley (según la ley eso atenta contra tu vida privada) y por lo tanto, estás en tu derecho de negarte a dar dicha información.
Si el propietario pide pruebas de solvabilidad puedes entregarle una carta de recomendación del propietario del departamento donde vives actualmente, así como facturas y recibos de servicios de teléfono o electricidad que prueban que eres buen pagador.
En caso que el propietario no quiera alquilarte el departamento porque te negaste a entregarle información no permitida, puedes presentar una queja contra él ante la Comisión de Derechos de la Persona de la provincia que corresponda. La queja debe hacerse por escrito en un plazo de no más de dos años de sucedido el hecho.
ESTAN PROHIBIDOS LOS PAGOS PREVIOS bajo nombre de garantía por llaves, por posibles daños, uso de garage, etc. El propietario UNICAMENTE puede exigir por adelantado el pago del primer mes de alquiler y SOLO a partir de la firma del contrato de arriendo.
SOBRE EL MONTO DEL ALQUILER
Debes saber que antes de firmar el contrato tu puedes preguntarle al propietario cual fue el monto más bajo pagado por concepto de alquiler en los últimos 12 meses. Es obligación del propietario entregarte un aviso sobre dicho monto, salvo en los siguientes casos :
que la propiedad sea una cooperativa de vivienda;
que la propiedad pertenezca a programas de alquiler a precio módico;
que se encuentre en un edificio recien construido; o
que la propiedad viene de cambiar de propietario.
En caso que estés pagando un alquiler superior al mencionado, puedes solicitar al organismo provincial de vivienda que corresponda que fije un nuevo monto a pagar.
Si el propietario quiere aumentar el alquiler éste debe enviarte con anticipación una carta (al menos 3 meses antes del fin de contratos de un año a más o al menos 1 mes para el resto de casos) haciéndote conocer sus intenciones. Además debe indicarte una fecha límite para tu respuesta. Si no estás de acuerdo con el aumento debes hacerle llegar tu respuesta por escrito dentro del mes de recibida la carta inicial del propietario. OJO…si no lo haces, la renovación será automática, considerando que estás aceptando las nuevas condiciones.
En caso que NO se llegue a un acuerdo sobre el alza del alquiler, ambos (independientemente o en conjunto) pueden solicitar al organismo provincial de vivienda que corresponda su intervención para que fije un monto.
NADIE PUEDE ENTRAR A TU DOMICILIO SIN TU CONSENTIMIENTO…
ni siquiera el propietario. Si bien éste tiene derecho a mostrar el departamento a cualquier posible nuevo inquilino, existen reglas que deben cumplirse :
puede empezar a mostrar el departamento desde que le informaste formalmente (por escrito) que no renovaras contrato o a partir de los 3 meses antes de fin del contrato en los casos establecidos por ley. A partir de ese momento el propietario puede hacer público la vacancia del departamento (ya sea con un cartel fuera de tu domicilio o por avisos en diario e internet);
las visitas sólo pueden hacerse entre las 9 y las 21 horas del día;
para ingresar a tu domicilio, el propietario debe pedirte autorización lo cual puede hacer verbalmente (incluso telefónicamente). No es necesario que el avise con 24 horas de anticipación, ya que puede hacerlo minutos antes de llegar a tu domicilio (las 24 horas de anticipación SOLO son validas si el propietario vende la residencia).
Si el propietario cumple con estas pequeñas reglas, estás en la obligación de darle acceso a tu domicilio. En caso contrario te arriesgarías a que éste haga una queja formal ante el organismo provincial de vivienda que corresponda y tener que pagar una indemnización (más intereses) por pérdidas eventuales de ingresos por alquiler.
En caso que el propietario no haga caso de estas reglas e ingrese a tu casa sin tu autorización, hazle llegar una carta indicándole las reglas que debe cumplir y que debe solicitar tu autorización antes de entrar. Si éste hace caso omiso de la carta y reincide, entonces presenta una queja formal ante el organismo provincial de vivienda que corresponda. Puedes solicitar como indemnización : una reducción de alquiler, un monto indemnizatorio + intereses o la anulación automática del contrato de arriendo. Incluso puedes sentar una denuncia en la comisaría de tu sector por violación de la vida privada y la intimidad.
SI EL PROPIETARIO VENDE LA RESIDENCIA DONDE VIVES
No estas obligado a dejar la residencia donde vives aún cuando este cambia de propietario. Sin embargo, el nuevo propietario tiene derecho a solicitarte que dejes el departamento en caso que quiera hacer modificaciones a la residencia, demolerla, vivir ahi o alojar a miembros de su familia.
En dicho caso, el nuevo propietario tendrá que indemnizarte (lo que debes coordinar con el organismo provincial de vivienda que corresponda). OJO…exige que sea él quien pague los gastos de la mudanza como parte de la indemnización.
Importante :
El propietario esta en la obligación de entregarte una copia del contrato dentro de los 10 días calendarios siguientes de la firma del contrato.
El propietario esta en la obligación de entregarte una copia del reglamento interno de la residencia (edificio, condominio, etc.) ya que este forma parte del contrato.
Recomendaciones :
Cualquier adición, arreglo u otra modificación que quieras hacer en la estructura de la vivienda debe efectuarse con consentimiento del propietario.
Cualquier comunicación o aviso que quieras hacerle llegar al propietario y que tenga que ver con el contrato (incluido la demanda de reparaciones o visitas para mostrar la residencia) debes hacerlo por escrito, en el mismo idioma del contrato y remitirlo a la dirección indicada en el contrato.
Guarda siempre una copia (cargo) de las comunicaciones escritas que hagas llegar al propietario.
Organismos provinciales de vivienda :
La Guía de la vivienda en Canadá para el recién llegado (francés e inglés)
Québec : Régie de logement du Québec
Ontario : Tribunal du logement de l'Ontario
Nuevo Brunswick : Bureau du médiateur des loyers
Alberta : Alberta Government Services, Registries and Consumer Services, Informacion para los propietarios y arrendatarios
Colombie-Britanique : Residential Tenancy Branch, Office of Housing and Construction Standards, Ministry of Forests and Range
Manitoba : Direction de la location usage d'habitation, division de la Consommation et des Corporations, Finances.
Nueva Escocia : Service Nova Scotia and Municipal Relations
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